Requisitos para matriculación
Nota modelo de solicitud de pedido de matriculación en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Mendoza.
Al Señor: Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Mendoza Dra. Graciela Fóppoli de Gherzi
El que suscribe . . . ., de nacionalidad . . . ., con lugar y fecha de nacimiento . . . ., de estado civil . . . ., con (tipo y número de documento) . . . ., hijo de . . . . y de . . . ., con domicilio real en . . . ., teléfono . . . ., e-mail: . . . ., nombre y domicilio de los abogados con los que se asociará o incorporará . . . ., y fijando domicilio legal en . . . ., teléfono . . . ., solicita se le inscriba en la matrícula de . . . . (abogado ó procurador) que lleva este Colegio, a tal fin acompaño:
- Título y certificado de estudios legalizado en original y copia
- Tres fotocopias del D.N.I.
- Certificado de antecedentes penales
- Informe del Registro Civil y Capacidad de las Personas cumpliendo con lo dispuesto por el art.152 bis del Cód. Civil, referente a la incompatibilidad legal e inhabilitación.
- Informe del Registro Público y Archivo Judicial referente a inhibiciones
- Informe de Prosecretaría Administrativa de la Suprema Corte que no me encuentro concursado o fallido.
- Certificado de haber asistido al Curso de Etica de Abogados.
- Conforme a lo dispuesto por el art. 3 inc. e) de la ley 4976, declaro expresamente no encontrarme comprendido en las causales de incompatibilidad establecida en el referido texto legal.
Saludo a Ud. atte.
Nota: La solicitud de pedido de matriculación deberá presentarse en papel romaní con dos copias y pagar por gastos de matriculación en la Secretaría del Colegio acompañado de:
- Original del título y tres fotocopias (una legalizada) y certificado de estudios provisorio con dos fotocopias y original legalizado. Adjuntar certificado analítico certificado por la Facultad.
- Original certificado de antecedentes penales con dos fotocopias.
- Original certificado Registro Civil y dos fotocopias.
- Tres fotocopias D.N.I. (una certificada), de la primera y segunda hoja.
- Informe del Registro Publico y Archivo Judicial (original y dos fotocopias).
- Informe de Prosecretaria Administrativa de la Suprema Corte si se encuentra concursado o fallido. (Original y 2 copias)
- Certificado de Facultad de Ciencias Jurídicas, Ciencias Políticas, Filosofía o del Tribunal de Etica y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción de haber cursado o asistido a Curso de Etica para abogados.
- Una vez que se jura y se tiene el número de matrícula, debe acercarse al Colegio con dos fotos tipo carnet (caballeros saco y corbata), para obtener la credencial. La cuota social es sin cargo durante el primer año. Mayor información en secretaría.
RESOLUCION 008/2002 Visto las recomendaciones de las Segundas Jornadas de Tribunales de Ética realizadas en Mendoza y el reclamo de abogados, Directivos y Miembros del Tribunal de Ética y Disciplina y en atención al creciente número de causas por faltas éticas y reiterada vioación a las normas de la ley 4976 y del Código de Etica para Abogados y Procuradores de Mendoza el Directorio del Colegio de Abogados y Procuradores resuelve:
PRIMERO: En la solicitud de inscripción de abogados y procuradores que se presenten a partir del 1 de Agosto de 2002 el aspirante deberá consignar: Nombres y Apellidos, Nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, estado civil, tipo y número de documento (de todos de los que posea) nombre de los padres, domicilio real, domicilio legal, teléfono, fax, e-mail y otros medios de comunicación, nombre y domicilio de los abogados con los que se asociará o incorporará.
SEGUNDO: Deberá acompañar título original y tres copias, certificado analítico de estudios, tres fotopcopias de antecedentes penales, informe del Registro Civil y capacidad de la personas, referente a la incompatibilidad legal e inhibilitación, informe del Registro Público y Archivo Judicial sobre inhibiciones, informe de la Prosecretaría Adminsitrativa de la Suprema Corte de Justicia sobre concursos y quiebras. Aduntará declaración jurada de no encontrarse comprendido en la norma del art. 3 inc e) de la Ley 4976. En caso de haber tenido o tener matrícula en otra jurisdicción agregará declaración jurada de no haber sido condenado por el Tribunal de Etica a pena de exclusión de la matrícula.
TERCERO: Deberá adjuntar declaración jurada de no haber sido condenado por delito doloso, en caso contrario, deberá hacerlo saber y adjuntar copia certificada de la sentencia que lo condenó.
CUARTO: Se agregará certificado de facultad de Ciencias Jurídicas, Ciencias Políticas, Filosofía o del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción de haber cursado o asistido a curso de ética de Abogados. En su defecto rendirá una evaluación básica sobre las normas éticas de la ley 4976 y Código de Etica ante dos miembros titulares o suplentes del Tribunal de Etica.
QUINTO: La solicitud de matriculación se presentará en papel romaní con dos copias. Ello dará derecho al matriculado a incorporarse como colegiado y acceder a los servicios de TribuNet por el término de un año sin cargo extra.
RESOLUCION 005/2002 VISTO: La necesidad de dotar de mayor formalidad a la entrega de la Credencial de Abogados, cuya sola exhibición permite la compulsa de actuaciones judiciales y administrativas conforme al art. 23 de la ley 4976, el Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Ciudad de Mendoza:
RESUELVE:
Artículo Nro.1: Las credenciales de abogados se entregarán al nuevo matriculado el último jueves de cada mes.
Artículo Nro.2: Al Acto deberán asistir un Director y un miembro del Tribunal de Ética y será público. Se dará lectura al art. 8 de la ley 4976 y a un resumen de los arts. 8 al 26 del Código de Ética.
Artículo Nro.3: Se entregará con la credencial un ejemplar de la ley 4976 y el Código de Ética con cargo al profesional. Podrá ser en soporte magnético.
Artículo Nro.4: Se los invitará a incorporarse como asociado al Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza y los que así lo acepten en ese acto serán eximidos de la cuota ordinaria por el término de un año.
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